LINFONAVIT
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laboral
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Artículo 18 Bis - LINFONAVIT
Párrafo 1
El Comité de Auditoría se integrará en forma tripartita con un integrante designado por el Gobierno Federal, uno del sector de los trabajadores y uno del sector empresarial, designados por el Consejo de Administración, previo dictamen de la Comisión de Vigilancia, y sujetos a la ratificación de la Asamblea General.
Párrafo 3
Numeral 3
Numeral 4
Numeral 5
Párrafo 9
Párrafo 10
Párrafo 11
Párrafo 12
Para el cumplimiento de sus funciones, el Comité de Auditoría se auxiliará de la Auditoría Interna y sesionará de manera ordinaria una vez al trimestre, sin perjuicio de que pueda sesionar en forma extraordinaria en cualquier momento, conforme a los plazos que establezcan sus reglas de operación.
Artículo adicionado DOF 01-06-2005. Reformado DOF 21-02-2025